Permiso de trabajo a jóvenes adolescentes

Dirección contra el trabajo infantil y protección del adolescente trabajador

¿En qué consiste?

La Dirección Contra el Trabajo Infantil y Protección del Adolescente Trabajador brinda todo tipo de orientación vinculada con la inserción de jóvenes adolescentes al mercado laboral dirigida a jóvenes, padres madres y/o responsables, de igual forma a empleadores, por otro lado, se consideran además otros aspectos como educativos, orientaciones familiares, derechos laborales, se hace mucho énfasis en las actividades permitidas en las cuales el adolescente se puede desempeñar.

Realizamos las referencias cuando se brindan orientaciones sobre problemas de vivienda, salud, 120/65, inserción al programa Ángel Guardián.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener entre Catorce (14) a Diecisiete (17) años de edad.
  • Estar estudiando o ser graduado.
  • Asistir en compañía de su padre, madre o tutor responsable para ser evaluado por Trabajo Social en las oficinas centrales de DIRETIPAT (ubicado en Plaza Edison, 3er piso oficina de Género e Igualdad de Oportunidades) y/o direcciones regionales respectivas.

¿Qué documentos debe aportar?

  • Contrato de Trabajo emitido por la empresa.
  • Una foto tamaño carné.
  • Certificado de Buena Salud.
  • Copia del Certificado de Nacimiento del adolescente.
  • Certificación o recibo de matrícula de la escuela donde estudia o diploma si está graduado.
  • Copia de la cédula del padre, madre o tutor del adolescente.

¿Cuáles son las condiciones laborales?

  • Horario permitido para la contratación de jóvenes adolescentes es de 6 horas diarias, 36 semanales dentro del periodo diurno que comprende desde 6:00 a.m. – 6: 00 p.m.
  • Prohibido trabajar horas extras, días feriados o duelo nacional, días domingos.
  • No puede realizar actividades peligrosas (Decreto Ejecutivo Nº 1/ Del 5 enero 2016) Que modifica y adiciona artículos al Decreto Ejecutivo Nº 19 (Del 12 junio 2006) Que aprueba la lista del Trabajo Infantil Peligroso, en el marco de las Peores Formas de Trabajo Infantil.

Observaciones

  • Si el adolescente está legalmente unido en matrimonio, sólo deberá aportar el certificado que lo acredita.
  • Las personas adolescentes trabajadoras tienen derecho a las mismas prestaciones que una persona adulta (salario mínimo, décimo tercer mes, vacaciones).
  • La empresa contratante debe llevar un registro de la persona adolescente que será verificado por el inspector de trabajo/ departamento de menor.
  • La persona adolescente puede realizar todas aquellas labores que “NO” estén enlistadas como Trabajo Infantil y sus Peores Formas.

¿Dónde se realiza?

  1. Vía Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, 3er piso, Departamento de Control y Seguimiento.
  2. Direcciones Regionales de Trabajo a nivel nacional.

¿Cuánto cuesta?

Gratuito

¿Horario de atención?

De lunes a viernes en horario de 8:00 am a 4:00pm