A través del diálogo tripartito y con un amplio debate desarrollado durante más de un año y medio, los sectores organizados de los trabajadores, empleadores y del gobierno, bajo la asesoría del Dr. Rolando Murgas Torraza, designado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se presentó el Proyecto de Ley “Que regula las Relaciones Laborales Colectivas del Sector Público” aprobado recientemente a través de la Resolución Nº 85 de 8 de agosto de 2017 por el Consejo de Gabinete.

Durante más de cuarenta años, la República de Panamá ha mantenido serias observaciones por parte de los Órganos de Control de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), respecto a la aplicación de los Convenios 87 y 98 en materia de libertad sindical y negociación colectiva por no atender el reconocimiento del derecho de asociación y negociación colectiva en el sector público.
El Ministro de Trabajo, Luis Ernesto Carles R. indicó que este Proyecto de Ley, introduce la figura de la libertad sindical y negociación colectiva en el sector público, convirtiendo a Panamá en el país N° 54 de 189 países que reconocen los derechos laborales de los servidores públicos.

La institución de la negociación colectiva, sea en el sector privado como en el público, es fundamental para lograr el objetivo de trabajo decente, generando beneficios directos evidentes para los trabajadores y la administración pública en los distintos ámbitos del trabajo.

La negociación colectiva es esencial para garantizar la efectividad del Estado de derecho. Su promoción y protección, por lo tanto, es un asunto para la sociedad en general, y no solamente para los trabajadores y empleadores directamente involucrados, ya que es sinónimo o garantía de paz laboral.
Sostuvo que este Proyecto de Ley también, se convierte en un complemento a la recién aprobada Ley N° 23 del 12 de Mayo de 2017 sobre Carrera Administrativa, que regula las relaciones individuales de los trabajadores del sector público.

Los trabajadores del sector público -según el Ministro Carles- han esperado por más de 40 años para que se le hiciera justicia y hoy, se ven cristalizadas sus aspiraciones, lo cual “es positivo”, ya que contarán con un adecuado y eficaz sistema de solución de conflictos colectivos.

De igual manera, agregó que el Proyecto de Ley “se ha elaborado tomando como base fundamental el Código de Trabajo, la jurisprudencia administrativa y jurisdiccional sobre los pronunciamientos más importantes del Comité de Libertad Sindical de la OIT”.

Panamá está adscrito al Convenio 144 de 1976 de la OIT sobre la Consulta Tripartita, que determina la necesidad de impulsar normas como el Proyecto de Ley presentado a la Asamblea Nacional porque forma parte del consenso tal como lo establecen los Órganos de Control de OIT en material laboral.

RRPP/MITRADEL
21/8/2017