Acuerdos bilaterales de empleo entre Panamá y Costa Rica

PROYECTOS ESPECIALES DE EMPLEO

Desde hace más de 35 años existen reportes de movimientos humanos desde Panamá hacia Costa Rica para trabajar en la zafra de café como recolectores, algo que tiene un alto impacto social y económico en ambas naciones, por un lado, en Panamá, en la Comarca Ngäbe Buglé, que es la población Indígena más grande del país, con unas 215 mil personas, hay un porcentaje promedio de desocupación por debajo del 2%, dedicados mayormente a la agricultura. De esta población, entre 7 mil y 10 mil personas, generan sus ingresos económicos mediante el trabajo de recolección del Café en Costa Rica, un proceso que se realiza con el acompañamiento del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, a fin de garantizar procesos de reclutamiento formales y que protejan sus derechos humanos y laborales, así como de las autoridades de Salud y Seguridad, para procurar el bienestar humano, de los trabajadores y sus familias.

Los recolectores de Café en Costa Rica generan entre $700 y $1,200 al mes, dependiendo la capacidad de recolección que tenga, lo que representa un ingreso de aproximadamente $33 millones de dólares entre todos los recolectores que trabajan durante 4 meses que dura la temporada alta de zafra.

La industria del Café en Costa Rica

  • Representa más de $325 millones de dólares anuales.
  • Más de 33 mil personas trabajan como recolectores de café.
  • Cerca del 20% son panameños.
  • El 100% de los panameños son indígenas Ngäbe Buglé.

En 2020 se renovó el Acuerdo bilateral Relativo al mecanismo de coordinación para flujos migratorios con fines de empleo y ocupación entre Costa Rica y Panamá que se firmó originalmente en el 2015.

El acuerdo establece la coordinación entre ambos países del proceso de movilidad laboral, mediante acciones coordinadas por el Comité Técnico Bilateral, conformado por las Direcciones de Empleo, Inspección y Cooperación internacional, como miembros titulares.

También incluyen otros integrantes externos, como las instituciones de control migratorio, de salud y de seguridad. Muy recientemente se acordó estudiar la posibilidad d eincluir a las entidades de formación Técnica-Profesional.

Beneficios de los países:

  • Plazas de trabajo para sus nacionales.
  • Beneficios económicos por salarios y prestaciones laborales.
  • Seguridad social para trabajadores y sus familias.
  • Intercambio de información sobre el proceso de movilidad.
  • Formación o entrenamiento para el personal.

País de Destino:

  • Mano de obra para la demanda de las empresas.
  • Beneficios económicos por la producción de las empresas.
  • Competitividad del sector.

Protocolo Binacional

Como parte de las acciones de seguimiento y atención a este proceso de movilidad laboral humana, se ha desarrollado, mediante el Comité Técnico Bilateral, conformado por las entidades de Trabajo, Migración y Salud de Panamá y de Costa Rica, quienes han desarrollado un Protocolo que busca regularizar el proceso de migración laboral, haciéndolo de forma regular y segura.

Este protocolo establece:

  1. Procedimiento de registro de vacantes por industria en el país de destino.
  2. Procedimiento de reclutamiento previo en el país de origen de los trabajadores.
  • Registro de identidad de todas las personas de la familia, incluyendo los menores.
  • Controles de salud y cuadro completo de vacunas de todos los que cruzan.
  • Control prenatal de las mujeres en estado de embarazo.
  • Trámite migratorio de salida y retorno del país.
  1. Coordinaciones del proceso migratorio para que sea más fácil y ordenado.
  2. Garantía de cumplimiento de normas de contratación ética, tanto para la seguridad de los buscadores de empleo, como para las empresas que contratan.

Elementos claves del proceso:

  • No tiene costo alguno para los trabajadores o sus familias.
  • No deben cubrir los gatos relacionados a trámites migratorios.
  • El empleador debe proveer el servicio de transporte desde frontera hacia la finca.
  • Los pagos deben realizarse sin intermediarios.
  • Niños menores de 14 años no pueden trabajar como recolectores en las fincas y deben permanecer en las Casas de la Alegría.

Como país de origen nos hemos comprometido a:

  • Garantizar el bienestar de las personas.
  • Garantizar los derechos humanos y laborales.
  • Promover un proceso de reclutamiento ético e inclusivo.
  • Orientar a las personas en cuanto a los procedimientos migratorios, pagos y riesgos que pueden enfrentar.

Descarga los Documentos de fundamento de este acuerdo Binacional Aquí:

Declaración de David

Acuerdo 2009

Acuerdo 2015

Adenda 2022

MIGRACIÓN LABORAL

Desde estas plataformas podrás acceder a los diferentes trámites y servicios de Migración Laboral para obtener un permiso de trabajo disponible de manera virtual:

Cita de Migración Laboral

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Cita de Entrevista Matrimonial

Acceder

Descarga de Documentos