El Salario Mínimo en Panamá

La Constitución Nacional en artículo 66 define que la Ley deberá buscar la manera de ajustar el salario mínimo, para mejorar el nivel de vida del trabajador y de su familia y según la región y actividad económica.

El Código de Trabajo en los artículos del 172 al 180 establece los mecanismos para fijar el salario mínimo. El artículo 173, establece que el Salario Mínimo, es la cantidad menor en dinero que debe pagar el empleador al trabajador, que le permita cubrir sus necesidades normales de su hogar, en el orden material, moral y cultural.

La Comisión Nacional de Salario Mínimo estará integrada de manera tripartita por representantes del sector empresarial, sector trabajador y Gubernamental.

El decreto Ejecutivo vigente, que fija las cifras de Salario Mínimo vigente es el 1, del 10 de enero de 2024.

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