CLASIFICIACIÓN 1: CONSIDERADOS MANO DE OBRA LOCAL

MIGRACION LABORAL

V. PERMISO DE TRABAJO TIPO 1C:

Para trabajador(a) migrante con residencia permanente especial, otorgada por el/la Presidente(a) de la República.

REQUISITOS COMUNES

  1. Documento de Filiación obtenido tras llenar el Registro Nacional de Mano de Obra Migrante.
  2. Poder otorgado a un abogado(a) mediante el cual la persona migrante lo (la) autoriza a representarlo(a) en el trámite. Debe estar debidamente notariado.
  3. Solicitud del Permiso de Trabajo, presentado mediante un abogado(a), donde se especifique el tipo de permiso de trabajo y los fundamentos sociales/laborales de la solicitud.
  4. Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración (SNM), donde conste el estatus migratorio del solicitante. Este documento debe presentarse con los timbres fiscales de B/8.00.
  5. Copia legible de las generales del pasaporte, vigente, o validación línea del Registro Único de Extranjería (RUEX), u otro que disponga el SNM.
  6. Copia de carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el SNM, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral (TE) de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.

 Adicional deben presentar los siguientes requisitos:

  1. Copia de carta de recomendación del/la Presidente(a) de la República.

Costo del Carné: B/. 500.00

Renovación del Carné:  B/. 30.00

No es susceptible de prórroga y el mismo se otorgará de manera indefinida con la primera solicitud.  Renovación de carné cada 5 años.

NOTA: Esta solicitud se realizará presencialmente en todas las oficinas regionales del Mitradel en todo el país, de acuerdo a la localización del lugar de residencia del Migrante (Solo se exceptúa la Dirección Regional Especial de Minera Panamá), hasta que el trámite esté disponible en Panamá Digital.