CLASIFICIACIÓN 5: PROTECCIÓN HUMANITARIA

MIGRACION LABORAL

IV. PERMISO DE TRABAJO TIPO 5D:

Para trabajador(a) migrante reconocido por la Comisión Nacional contra la Trata de Personas como Víctima de Trata (Protección Humanitaria Temporal).

REQUISITOS COMUNES:

  1. Documento de Filiación obtenido tras llenar el Registro Nacional de Mano de Obra Migrante.
  2. Poder otorgado a un abogado(a) mediante el cual la persona migrante lo (la) autoriza a representarlo(a) en el trámite. Debe estar debidamente notariado.
  3. Solicitud del Permiso de Trabajo, presentado mediante un abogado(a), donde se especifique el tipo de permiso de trabajo y los fundamentos sociales/laborales de la solicitud.
  4. Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración (SNM), donde conste el estatus migratorio del solicitante. Este documento debe presentarse con los timbres fiscales de B/8.00.
  5. Copia legible de las generales del pasaporte, vigente, o validación línea del Registro Único de Extranjería (RUEX), u otro que disponga el SNM.
  6. Copia de carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el SNM, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral (TE) de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.

 Podrá solicitar un permiso de trabajo temporal y prórroga deberán aportar los requisitos comunes, con excepción del numeral 4, y acompañarlos de los siguientes requisitos específicos:

  1. Copia autenticada de la Resolución por la cual la Comisión Nacional contra la Trata de Personas, reconozca al extranjero como víctima de trata de personas.
  2. Certificación emitida por el Ministerio de Seguridad Pública que haga constar que la persona extranjera, ha sido declarada víctima de trata de personas en el territorio nacional, de forma provisional o definitiva.

Costo del Carné: B/.50.00

Renovación del Carné:  B/.30.00

Vigencia: primera vez 1 año, prórroga permitida hasta mantenga la condición con duración de 1 año.