Mediante el Decreto Ejecutivo No. 78 del 16 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), hace de obligatorio cumplimiento la implementación de medidas que promuevan la higiene y seguridad en los espacios laborales. La medida también instruye a las empresas privadas a otorgar vacaciones vencidas o adelantadas a personas de mayor riesgo de contagio, como personas de 60 años, pacientes de enfermedades crónicas o mujeres embarazadas.

Estas acciones están encaminadas a optimizar el intercambio entre empleadores y trabajadores brindando soluciones que permitan preservar la vida de todos, los puestos de trabajo y la economía nacional. Descargue el Decreto aquí.

La norma establece que los trabajadores procedentes del exterior, mediante cualquier medio de transporte terrestre, marítimo o aéreo, de lugares o países declarados como áreas de riesgo deberá reportar su procedencia ante las Autoridades Sanitarias y notificar al empleador. Por su parte, los trabajadores diagnosticados con COVID-19 en cuarentena se les certificará su condición a través de las Direcciones Regionales de Salud que deberá entregarse a la Caja de Seguro Social para tramitar su incapacidad.

Para las empresas, que por la naturaleza de su operación, no puedan acogerse de las medidas sugeridas, se exige la creación del Comité Especial de Salud e Higiene conformado por representantes de empleadores y trabajadores para la prevención y atención del Coronavirus, en el que las partes, en común acuerdo, buscarán las mejores alternativas para operar sin riesgo de contagio.

 

Decreto Ejecutivo 78 – Normas laborales privadas

KKose

RRPP MITRADEL

16 de marzo de 2020