Legalización y supervisión de agencias privadas de colocación

(departamento de intermediación laboral)

¿En qué consiste?

Otorgar, suspender, denegar o cancelar la autorización temporal para operar las agencias privadas de colocación.

Dicha autorización se expedirá por el término de dos años, prorrogables cada dos años.

¿Cuáles son los requisitos?

Para solicitar la autorización de agencia o empresa privada de colocación se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud dirigida al ministerio de trabajo y desarrollo laboral. La gestión puede ser realizada a través de un abogado debidamente autorizado, o por el representante legal de la agencia o empresa de colocación.
  • Copia del aviso de operación expedido por el ministerio de comercio e industrias.
  • Certificación expedida por el registro público donde conste la existencia de loa sociedad, representación legal, dignatarios, directores.
  • Paz y salvo de la dirección general de ingresos del ministerio de economía y finanzas.
  • Paz y salvo municipal de la circunscripción donde estarán las oficinas de la agencia de colocación de empleados.
  • Paz y salvo del seguro social.
  • Dirección detallada de la ubicación, incluyendo provincia, distrito, corregimiento, barrio, calle, casa y/o apartamento.
  • Croquis con la ubicación de la empresa.
  • Planilla de la empresa.
  • Cheque certificado a favor del tesoro nacional por la suma de cien balboas (b/.100.00)

¿Dónde se realiza?

Vía Ricardo j. Alfaro, plaza Édison, 5to piso, departamento de intermediación laboral.

¿Cuánto cuesta?

Gratuito

¿Horario de atención?

De lunes a viernes en horario de 8:00 am a 4:00pm